Lawyers specialized in immigration. 100% online processing. Deadline: 30 June 2026.
Royal Decree 316/2026 sets out two access routes. Check which one applies to you.
If you applied for international protection before 1 January 2026, or if you are in an irregular situation, you can enter the process. The difference lies in the additional documentation required.
We handle your file entirely online. You do not have to go to any office.
Many firms handle immigration cases. Few do it like this.
Competitors work only in Spanish. Here you can take the self-assessment and communicate with us in Spanish, Arabic (Darija), English or French. No barriers.
Competitors charge 400-800€ upfront. Here you pay 15€ to start, 125€ when your documents are ready and processing begins, and 125€ only when you succeed. If you do not succeed, you do not pay the last tranche.
Most migrants in irregular status do not have a NIE or electronic certificate. Our lawyers are authorized in the Immigration Registry, which allows them to file your application online on your behalf. You do not have to go anywhere.
You pay only as you progress. Three milestones, no fine print. If we do not secure your permit, the last payment does not happen.
The market charges between 400€ and 800€ for this procedure. Our price includes the full process, with deferred payment and success guarantee.
Articles written by specialized lawyers, in plain language. No jargon.
Articles are currently available in Spanish.
Responde 7 preguntas y descubre si cumples los requisitos del Real Decreto 316/2026. Sin registro, sin compromiso.
Puedes hacer esta evaluación en tu idioma. هذا التقييم متاح بلغتك. This evaluation is available in your language.
Artículos escritos por abogados especializados, en lenguaje claro. Sin tecnicismos.
Casos reales tramitados por nuestros abogados. Cada situación es diferente — la tuya también tiene solución.
Cada caso es diferente. Te hacemos una consulta gratuita y te decimos honestamente qué opciones tienes.
📱 Consulta gratuita →Todo lo que dice el Real Decreto, en lenguaje real. Qué documentos valen, cuáles no, y los errores que llevan a denegación.
El 15 de abril de 2026, el Real Decreto de Regularización Extraordinaria se publicó en el BOE y entró en vigor. A partir de hoy, y hasta el 30 de junio, cualquier persona en situación irregular que lleve en España desde antes del 1 de enero de 2026 puede presentar su solicitud.
El plazo es improrrogable. Quien no presente antes del 30 de junio quedará fuera del proceso sin posibilidad de recurso por el plazo.
Debes demostrar que ya estabas en España antes de que terminara 2025. Vale cualquier papel con tu nombre y una fecha anterior al 1 de enero: sello de entrada en el pasaporte, billete de avión, factura, recibo médico, extracto bancario, envío de dinero desde España, contrato de alquiler.
En el momento de presentar la solicitud, debes acreditar que llevas al menos 5 meses en España de forma ininterrumpida.
⚠ Si saliste aunque fuera un día durante esos 5 meses, el contador vuelve a cero. Lo ideal es tener al menos un documento por cada mes de los últimos 5.
Ni en España ni en tu país de origen. Si llevas más de 5 años en España no necesitas el certificado de origen. Si tus antecedentes son cancelables, puedes cancelarlos antes de presentar.
Si no solicitaste asilo, debes acreditar uno de estos tres supuestos: contrato de trabajo, unidad familiar con menores o dependientes, o situación de vulnerabilidad certificada.
Dato clave: En regularizaciones anteriores, gran parte de las denegaciones se produjo por errores documentales o de estrategia, no por incumplimiento real de requisitos.
Haz la autoevaluación gratuita en 3 minutos y descúbrelo.
La lista completa de documentos válidos, incluidos muchos que la gente no sabe que funcionan.
La regla de oro: Cada documento debe tener TU NOMBRE COMPLETO y UNA FECHA. Sin esos dos elementos, no vale.
⚠ Error frecuente: presentar documentos con un hueco de varios meses en medio. La Administración puede interpretar ese hueco como una salida del país.
Te revisamos tu documentación en la consulta inicial.
Depende del tipo de antecedente y si es cancelable. Hay casos en los que sí es posible regularizarse, incluso con antecedentes.
Si llevas más de 5 años en España de forma continuada, no necesitas el certificado de tu país de origen.
⚠ No presentes la solicitud si tienes antecedentes vigentes sin consultar antes. Una denegación puede complicar futuros trámites.
Analizamos tu caso sin compromiso.
📱 Consulta gratuita por WhatsAppSí, y con ventajas importantes. Los menores obtienen un permiso de 5 años y la tramitación se hace simultáneamente.
Mientras que para los adultos el permiso es de 1 año renovable, para los hijos menores el permiso es de 5 años.
Ventaja adicional: El tiempo de residencia del menor desde que se concede el permiso también cuenta para la futura solicitud de nacionalidad española.
El Real Decreto permite presentar la solicitud del padre o madre junto con la de los hijos al mismo tiempo, en el mismo expediente.
Pregúntanos por precios especiales para tramitación familiar.
📱 Consulta por WhatsAppNo tienes que esperar meses. En un máximo de 15 días hábiles desde que presentes, puedes empezar a trabajar legalmente.
No necesitas la TIE física: para empezar a trabajar, basta con el documento de admisión a trámite.
⚠ Antes de la admisión a trámite no puedes trabajar legalmente aunque hayas presentado la solicitud.
Cuanto antes presentas la solicitud, antes tienes la autorización. El plazo cierra el 30 de junio.
Sí, si solicitaste asilo antes del 1 de enero de 2026. Y no tienes que renunciar a tu recurso.
Clave: No tienes que renunciar a tu solicitud de asilo ni a tu recurso. Puedes presentar ambas a la vez. Son procedimientos independientes.
⚠ Si estás en situación de asilo denegado y tienes una orden de expulsión vigente, consulta con un abogado antes de presentar nada.
Analizamos tu situación y te explicamos exactamente qué opciones tienes.
📱 Consulta gratuita por WhatsApp